MEDIO AMBIENTE Y DERECHO

LUCHA, tu deber es luchar por el Derecho; pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia ("Los mandamientos del Abogado" E. Couture

jueves, agosto 03, 2006

tóxicos industriales y su regulación en Chile

Tóxicos industriales son todas aquellas sustancias destinadas para su uso en la industria (materias primas), que tienen la capacidad de producir un daño a las personas y al medio ambiente.
Provienen principalmente de los procesos industriales que al no poder utilizar el 100% de sus materias primas, se convierten en desechos, las que en su gran mayoría son tóxicas. Estos residuos están presentes tanto en los vertidos a los afluentes de agua como al aire y al suelo.

En la actualidad no existe en Chile una ley u otro recurso legal que permita a la ciudadanía informarse de los tóxicos que producen las industrias, ni que cantidad de emisiones ellas generan. Por lo tanto, se establece una necesidad básica en torno a que es lo que debemos saber de los tóxicos industriales, ¿Cuáles son los tóxicos presentes en nuestro país?, ¿Qué cantidad de estos tóxicos son emitidos por las industrias?, ¿Dónde se generan los tóxicos con características más peligrosas?, y los más importante ¿Quien está emitiendo tóxicos, en que cantidad y donde?, son las preguntas que deberían garantizar nuestro derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Tal y como lo establece la Constitución Política de la República de Chile


1.- Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes COP’s.
Los Contaminantes Orgánicos Persistentes COP’s o POP’s (por su sigla en ingles) son sustancias químicas que se utilizan como plaguicidas o en la industria, o se producen de manera no intencional a partir de ciertas actividades humanas (procesos de combustión, incineración, entre otros) . Estos compuestos se les da él termino orgánico por contener carbono.

Entre las características por las cuales los COP’s son dañinos para los seres humanos y el medio ambiente, destacan:
  1. Persistencia: Permanecen en el medio ambiente durante largos periodos de tiempo, debido a que es muy difícil su degradación por medios naturales. Con frecuencia se trata de productos halogenados, grupo químico compuesto por organoclorados los que han demostrado ser los más “persistentes” o resistentes a la degradación. Se caracterizan por tener baja capacidad para cumularse en aguas y alta capacidad para acumularse en el tejido graso.
  2. Bioacumulación: Se depositan en los tejidos adiposos(grasos) de los seres humanos y animales, los cuales son parte de la cadena alimenticia o trofica.
  3. Toxicidad: Incluso en bajas concentraciones causan daños severos, tales como disfunciones hormonales en los seres vivos.
  4. Capacidad de desplazarse largas distancias: Se trasladan a través del aire, el agua de ríos y corrientes marinas y por acción de especies migratorias que lo desplazan más allá de las fronteras internacionales, por lo que también ocasionar daños en lugares muy alejados de su fuente de origen, tales como en la antártica donde no existen fuentes industriales, pero especies como las focas árticas presentan altos niveles de estos contaminantes en sus tejidos adiposos. Una vez liberados al ambiente, los COP’s son de muy difícil control.
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, es un instrumento jurídico internacional que establece la obligación de reducción y eliminación de COP´s para los paises firmantes.
Se firmó en Estocolmo Suecia, el 23 de Mayo de 2001 luego de una negociación de cuatro años. Entró en vigencia, es decir, comenzó a ser legalmente vinculante cuando fue ratificado por los primeros 50 países.
El gobierno de Chile ratificó el Convenio en Enero de 2005, siendo promulgado como Ley de la República el 02 de marzo de 2005 y publicado en el Diario Oficial el 19 de mayo del mismo año.

Los principales compromisos adquiridos que los países firmantes deben desarrollar son:
  1. Eliminar la producción y uso de los nueve plaguicidas con características COP’s, con algunas exenciones transitorias y especificas. A la vez, se debe prevenir la producción y uso de nuevos plaguicidas con características COP’s
  2. Terminar con la producción de PCB’s. a) Eliminar progresivamente el uso de equipos que contengan PCB’s (transformadores, condensadores eléctricos, receptáculos con líquidos residuales, etc), a más tardar en el 2025.b) Reducir el riesgo de contacto con la población y el medio ambientec) Dar tratamiento a los residuos peligrosos que contienen PCB’sd) Informar cada 5 años a la conferencia de las partes del Convenio de Estocolmo sobre los progresos alcanzados. Esta Conferencia es la instancia de control y evaluación del cumplimiento del Convenio.
  3. Reducción creciente de dioxinas, furanos y otros COP’s no intencionales (año a año) y cuando sea viable, eliminación definitiva. No se consideraron ni están sujetos a eliminación los COP’s que se encuentran como residuos contaminantes no intencionales en productos y artículos. Por ejemplo en diversos plaguicidas clorados.
  4. Restricciones a las exportaciones e importaciones de COP’s. Al mismo tiempo, se dispone la cooperación con otros convenios ambientales relacionados con este tema. (Convenios de Rotterdam y Basilea).
  5. Identificación y tratamiento de existencias acumuladas de COP’s, desechos y limpieza de sitios contaminados. Para eliminar desechos se insta a los gobiernos a buscar tecnologías alternativas a la incineración.
  6. Incorporación de nuevas sustancias químicas en el Convenio de Estocolmo. Cualquier país puede presentar solicitudes de en este sentido, cumpliendo con una serie de requisitos establecidos.
  7. Informar, concientizar y educar al público. La labor educativa sobre los COP’s también abarcar a los parlamentarios, autoridades estatales y municipales.
  8. Investigación, desarrollo y vigilancia de los COP’s. Se hace mención especial a la realización de trabajos destinados a mitigar los efectos de los COP’s en la salud reproductiva. Y también a la medición de la carga corporal de COP’s en diversos sectores de la población.
  9. Asistencia técnica y financiera a países en desarrollo y con economías en transición. Se establecerán centros regionales y subregionales para la formación de capacidades y transferencia tecnológica. El apoyo financiero está provisionalmente a cargo del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF).

Plan Nacional de Implementación para la gestión de los COP’s en Chile (PNI)

El PNI es la herramienta de gestión para la implementación del Convenio de Estocolmo en los países que son parte de este tratado internacional y se establece para dar cumplimiento a las obligaciones adquiridas desde del convenio.

A partir de la entrada en vigencia del Convenio de Estocolmo, cada gobierno tiene dos años de plazo (hasta el 17 de Mayo del 2006) para elaborar un PNI, según está estipulado en el Art. 7, con el objetivo de mostrar como se cumplirán los mandamientos del convenio, en Chile el PNI fue aprobado por el Consejo Directivo de CONAMA el 27 de diciembre del 2005 (http://www.conama.cl/portal/1301/articles-34864_texto.pdf)

Los componentes del Plan Nacional de Implementación (PNI) y sus objetivos específicos son los siguientes:

  1. Plan de Acción de Sitios Contaminados con COPs: Identificar los sitios contaminados con COPs a nivel nacional; Desarrollar una efectiva gestión de los sitios contaminados con COPs.
  2. Plan de Acción de Fuentes de Dioxinas y Furanos: Reducir las liberaciones de dioxinas y furanos en las fuentes más importantes identificadas en el inventario; Desarrollar una gestión ambientalmente racional de dioxinas y furanos.
  3. Plan de Acción de Bifenilos Policlorados (PCBs): Desarrollar una gestión ambientalmente racional de los fluidos dieléctricos que contengan PCBs y de los equipos contaminados con estas sustancias, con miras a su eliminación en 2028; Identificar otros productos que contengan PCBs en el país.
  4. Capacidades Analíticas de COPs: Validar/homologar métodos analíticos de COPs internacionalmente reconocidos, en las diferentes matrices ambientales; Fortalecer las capacidades analíticas de COPs en Chile.
  5. Información, Sensibilización y Formación de la Ciudadanía: Sensibilizar a los grupos de interés sobre el uso y efectos de los COPs en la salud y medio ambiente y sus beneficios de su reducción y/o eliminación; Proporcionar información sobre el PNI para fortalecer las competencias con relación al manejo técnico e impacto de las acciones; Educar a la ciudadanía y a los grupos relacionados directamente con el Plan, en el uso, efectos y alternativas de eliminación de los COPs, Lograr el acceso de la ciudadanía a la información actualizada del estado de los COPs en Chile, como el intercambio de información entre los actores involucrados; Incentivar la participación de la ciudadanía y de los grupos de interés en el proceso de dictación de normas vinculadas al uso, almacenamiento y eliminación de COPs.
  6. Investigación: Identificar y promover actividades de investigación sobre COPs.
    Sistema de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes e Intercambio de Información: Desarrollar los aspectos normativos que permitan la implementación y gestión del RETC en Chile; Consolidar las bases de datos y desarrollar un mecanismo que permita el intercambio de información entre los principales actores nacionales e internacionales; Desarrollar procedimientos de difusión y publicación de la información contenida en el RETC.
  7. Plan de Acción de Plaguicidas Caducados COPs: Implementar acciones tendientes a eliminar los plaguicidas COPs de una manera acorde con las políticas medio ambientales nacionales e internacionales; Minimizar la generación de productos caducados en la producción silvoagropecuaria nacional.

3. Registro de emisiones y transferencias de contaminantes (RETC)

Internacionalmente, el RETC es una herramienta para la gestión ambiental y para la incorporación de la sociedad civil en la problemática medioam­biental. En el caso chileno, la idea nació en el programa de trabajo de la Comisión para la Cooperación Ambiental Chile - Canadá, y que también fue asumido por el Tratado de Libre Comercio (TLC), en su capítulo ambien­tal, firmado con nuestro país y los Estados Unidos. Para su desarrollo ha contado con el financiamiento de los gobiernos de Canadá, Estados Unidos de América, a través de UNITAR como agencia implementadora.

Entre los beneficios de un RETC, destacan la identificación de áreas pro­blemáticas y el establecimiento de prioridades, al mismo tiempo que permite monitorear metas ambientales y cumplir con compromisos internacionales de información en esta materia. Para el sector industrial, en tanto, este registro representa una enorme oportunidad para identificar procesos defectuosos y mejorar los procesos de prevención, reducción y control de contaminantes, lo que finalmente se traduce en mayor competitividad internacional. En el caso de la ciudadanía y las organizaciones sociales, contar con esta información les permitirá manejar herramientas objetivas y claras para abor­dar y solucionar problemas medioambientales de la comunidad. Además, será posible organizar acciones de prevención de la contaminación, de los accidentes y del riesgo ambiental, así como participar en la formulación y evaluación de la efectividad de las políticas ambientales.

(http://www.retc.cl/retc2/index.php)